EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se Expide la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas y se abroga la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas Tipo de dictamen: Nueva Ley Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Indígenas Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 22-Noviembre-2018 Gaceta Cámara de Senadores: 27-Noviembre-2018 |
- Pueblos Indígenas 22-Noviembre-2018 Aprobación en el Senado: 27-Noviembre-2018 Publicación en el DOF: 4-Diciembre-2018 |
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto la creación del Instituto Nacional de los Pueblos indígenas como organismo descentralizado de la Administración Pública federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, con sede en la Ciudad de México. El Instituto es la autoridad del Poder Ejecutivo federal en los asuntos relacionados con los pueblos indígenas y afromexicano, que tiene como objeto definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como su desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades. | 1. Iniciativa del Dip. Fortunato Rivera Castillo nombre de Diputadas y Diputados de su Grupo Parlamentario (MORENA), el 02 de octubre de 2018. 2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 22 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 430 votos a favor y 1abstención. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2018. Se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos Segunda. 5. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 27 de noviembre de 2018 en lo general y en lo particular por 63 votos a favor; y 43 votos en contra. 6. Se devuelve con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2018, se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato. 8. Aprobado en lo general y en lo particular por 440 votos a favor y 1 abstención. 9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 2018. |